Medios de Prueba

Medios de Prueba en Uruguay en Uruguay

[aioseo_breadcrumbs]

Significado de Medios de prueba en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Medios de prueba que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Medios de prueba es definido en los siguientes términos:

Se denominan Medios de prueba las actuaciones que, dentro de un procedimiento judicial, cualquiera que sea su índole, se encaminan a confirmar la verdad o a demostrar la falsedad de los hechos aducidos en el juicio.

Significado Alternativo de Medios de prueba

En materia penal son también las actuaciones que en el sumario o en el plenario tratan de investigar la culpabilidad o la inocencia del inculpado.

Más Aspectos sobre este Término Jurídico

Los medios corrientes de prueba son: la documental (también llamada instrumental), la de informes, la confesión en juicio, la testimonial, la pericial, el reconocimiento judicial (llamado igualmente inspección ocular), el careo y las presunciones o indicios. Los medios de prueba se han de practicar de acuerdo con lo que para cada uno de ellos establecen los códigos procesales.

Recursos

Véase También

  • Prueba

Deja un comentario