Montepío

Montepío en Uruguay en Uruguay

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Significado de Montepío en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Montepío que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Montepío es definido en los siguientes términos:

Fondos, capitales o depósitos de dinero que, mediante descuentos a los componentes de un cuerpo o profesión, o por especiales contribuciones suyas, están destinados a favorecerlos en sus necesidades, a facilitarles recursos para determinadas obras y para pagar pensiones a la viuda y huérfanos que el miembro del montepío pueda dejar (G. Cabanellas y L. Alcalá-Zamora). Fue la iniciación privada de la seguridad social en ciertos aspectos.

1 comentario en «Montepío»

  1. Los aportes Montepío deverian ser voluntarios y no obligatorios. Un desastre total que te descuenten más de 2000 pesos con los necesarios que son para la clase baja de la sociedad.

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