Obligación de No Hacer

Obligación de No Hacer en Uruguay en Uruguay

[aioseo_breadcrumbs]

Significado de Obligación de no hacer en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Obligación de no hacer que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Obligación de no hacer es definido en los siguientes términos:

Se trata de la coerción legal o el compromiso convencional que impide hacer algo, posible y lícito en otro supuesto, y que puede configurar abstenerse de prestar un servicio o ejecutar otro acto y, más en especial, no entregar una cosa, no desposeerse de ella, como constituye la obligación de no dar (véase este último término en esta referencia legal). Su esfera es muy amplia, por decisión legal, en materia de servidumbres. Asimismo aparecen, por convenios privados, en la no competencia que se pacta en las transferencias de industrias y comercios, al igual que restricciones laborales en análogo sentido. (Véase también, en esta enciclopedia jurídica uruguaya, la voz relativa a OBLIGACIÓN DE HACER)

Recursos

Véase También

  • Obligación

Deja un comentario