Operación Bancaria

Operación Bancaria en Uruguay en Uruguay

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Significado de Operación bancaria en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Operación bancaria que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Operación bancaria es definido en los siguientes términos:

Todas y cada una de las actividades o transacciones entre un banco y sus clientes, o entre bancos, revistan carácter principal o accesorio. Las mas conocidas son los depósitos y retiros en cuentas corrientes y de ahorro, préstamos, descuentos, giros, endosos, cobros, administraciones, fianzas, garantías, avales, emisión y subscripción de títulos, custodia y negociación de valores.

Operación Bancaria (en Derecho Financiero Uruguayo)

Introducción al concepto de Operación Bancaria en este ámbito jurídico-financiero: Cualquier tipo de operación realizada por las entidades de crédito. (Para una visión de cuestiones y términos propios de la economía financiera sobre este tema, pero considerándolos desde una óptica jurídica, puede consultarse también el diccionario de términos financieros aquí). Éstas se dividen en las siguientes categorías: operaciones pasivas o de captación de recursos, operaciones activas o de inversión de los recursos captados y servicios a la clientela. (Para una visión de cuestiones y términos propios de la economía financiera sobre este tema, pero considerándolos desde una óptica jurídica, puede consultarse también el diccionario de términos financieros aquí).

Recursos

Véase También

  • Derecho Bancario
  • Derecho Financiero

Recursos

Véase También

  • Operación

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