Pacto Anticrético en Uruguay en Uruguay
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Significado de Pacto anticrético en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Pacto anticrético que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Pacto anticrético es definido en los siguientes términos:
El que concierta, entre un deudor y un acreedor previos, la facultad de que el segundo aplique, al pago de los intereses y a la amortización del crédito, los frutos de un bien del obligado, que el acreedor percibe. (Véase también, en esta enciclopedia jurídica uruguaya, la voz relativa a ANTICRESIS ) Entre las Partidas, este pacto estaba prohibido, por el recelo entonces de abuso por parte de un acreedor poco escrupuloso, incluso por agotamiento del bien sujeto a la garantía del pago.
Recursos
Véase También
- Pacto