Pacto Comisorio

Pacto Comisorio en Uruguay en Uruguay

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Significado de Pacto comisorio en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Pacto comisorio que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Pacto comisorio es definido en los siguientes términos:

Pacto comisorio que autoriza a cada una de las partes contratantes a optar por la resolución del vínculo obligatorio en el caso de que la otra parte haya incumplido la obligación que le incumbía. según afirma Salvat, es la cláusula en virtud de la cual se estipula que el contrato será resuelto si una de las partes no cumple con sus obligaciones. En la legislación de algunos sitemas jurídicos (incluido alguno/s del Cono Sur), el pacto comisorio había de ser expreso, ya que, de no existir en esa forma, sólo cabía reclamar el cumplimiento del contrato. Si se hubiese hecho un pacto comisorio, el contrato sólo podría resolverse por la parte no culpada, y no por la otra que dejó de cumplirlo. Pero esa norma fue modificada por la legislación 17.711, que invirtió los términos, estableciendo que, en los contratos con prestaciones recíprocas, se entiende implícita la facultad de resolver las obligaciones en caso de que uno de los contratantes no cumpliera su compromiso. Es decir que, para proceder de ese modo, no se requiere ya el pacto expreso. El pacto comisorio es admisible en la generalidad de los contratos, pero se halla prohibido en el de prenda.

Recursos

Véase También

  • Pacto

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