Pacto de Sucesión Futura

Pacto de Sucesión Futura en Uruguay en Uruguay

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Significado de Pacto de sucesión futura en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Pacto de sucesión futura que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Pacto de sucesión futura es definido en los siguientes términos:

Convención en que una de las partes se obliga, con respecto a otra persona, a procurarle derechos sucesorios, como heredero o legatario en su propia sucesión. Por violar la esencial facultad revocatoria del testador y para evitar pactos inmorales o económicamente abusivos, se prohibe en las legislaciones actuales (según la definición que proporciona el Diccionario de Derecho Usual). Tal prohibición alcanza igualmente hoy, pues antiguamente estuvo permitido, al pacto de sucesión mutua, habitual entre cónyuges, para heredar el que sobreviva al que premuera. (Véase también, en esta enciclopedia jurídica uruguaya, la voz relativa a TESTAMENTO MANCOMUNADO.)

Recursos

Véase También

  • Pacto

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