Padre Incestuoso

Padre Incestuoso en Uruguay en Uruguay

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Significado de Padre incestuoso en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Padre incestuoso que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Padre incestuoso es definido en los siguientes términos:

La persona o indivíduo que tiene hijo con mujer que es parienta suya en grado tan próximo que no cabe dispensa legal para el matrimonio. Además de los casos aberrantes de incesto con la hija o con la madre, la paternidad más frecuente -dentro de su rareza, por suerte- en lo incestuoso se registra con hermanas, donde los vínculos familiares llegan a máxima disolución o a increíble abandono paterno y materno con su prole. Lo es también, aunque dispensable, si no ha sido dispensada, la paternidad con sobrina y tía, al igual que con primas. Se acota curiosamente en el Diccionario de Derecho Usual que, dentro del origen bíblico de la humanidad, toda la especie procede de padres incestuosos, ya que los hijos de Adán y Eva, primera generación humana auténtica, no tuvieron otra alternativa que casarse o engendrar con sus hermanas. El padre incestuoso, que puede pasar por padre natural (véase este último término en esta referencia legal) si se desconoce la madre o el vínculo de parentesco, está obligado a alimentar a la prole y a dotar a la madre incestuosa (véase este último término en esta referencia legal).

Recursos

Véase También

  • Padre

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