Pago de Salarios

Pago de Salarios en Uruguay en Uruguay

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Significado de Pago de salarios en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Pago de salarios que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Pago de salarios es definido en los siguientes términos:

El desembolso en dinero, especie o mixto que un empresario hace al trabajador dependiente de él, por razón de los servicios prestados, según la periodicidad establecida -el jornal diario, el semanal, el quincenal o el mensual- y de acuerdo con las demás estipulaciones y la regulación legal.

Más Aspectos sobre este Término Jurídico

Tal concepto incluye algunos de los requisitos, para garantía de los trabajadores, que se encuentran previstos en los contratos particulares, en los convenios colectivos de prestaciones laborales o en los estatutos y todo régimen normativo en vigor, y que cabe articular así: 1º) el pago ha de hacerse en moneda efectiva, en la parte que corresponda, o en cheque, cuando así se acepte espontáneamente por el subordinado o se encuentre establecido por alguna otra regla; 2º) el pago ha de efectuarse al vencimiento estipulado, con derecho para el trabajador, de producirse excesiva mora, para considerarse despedido y reclamar las indemnizaciones procedentes; 3º) no cabe abonar el salario de especies que la empresa produzca; 4º) no pueden efectuarse otros descuentos que los aprobados por convenciones u otros preceptos obligatonos para el trabajador; 5º) no está permitido este pago en lugares propensos a dilapidar con facilidad una parte cuando menos de lo percibido, como en tabernas, bares y locales de pasatiempo frívolo o juego: 6º) el empresario no puede compensarpor sí lo que le trabajador le adeude.

Recursos

Véase También

  • Pago

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