Parte de Libre Disposición

Parte de Libre Disposición en Uruguay en Uruguay

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Significado de Parte de libre disposición en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Parte de libre disposición que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Parte de libre disposición es definido en los siguientes términos:

En lo sucesorio, la porción proporcional de bienes que puede distribuir a su total libertad el testador. De no tener herederos forzosos, todo el patrimonio es de libre disposición, salvo derechos de terceros. En pocas palabras cabe decir que es de libre disposición cuanto no sea legítima (véase este último término en esta referencia legal), y dentro de ella cabe una relativa disponibilidad donde existe la mejora hereditaria. Esta institución no tiene razón de existir, por ser disponible entonces todo, pese a la existencia de los parientes más cercanos en línea recta, en los ordenamientos que admiten una libertad testamentaria plena. En el Derecho español, habiendo descendientes, esta parte se reduce a un tercio. En el Derecho argentino, por ejemplo, entre otras jurisdicciones latinoamericanas,, a un quinto. De la parte de libre disposición salen los legados.

Recursos

Véase También

  • Parte

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