Particular en Uruguay en Uruguay
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Significado de Particular en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Particular que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Particular es definido en los siguientes términos:
Gramáticalmente, se trata de un Adjetivo. Lo propio o privativo de alguien o de algo.
Significado Alternativo de Particular
Individual.
Significado Alternativo de Particular
Lo privado, por cuanto no es público ni menos oficial.
Significado Alternativo de Particular
Se dice del simple ciudadano o súbdito, a diferencia de la autoridad y sus agentes.
Significado Alternativo de Particular
Substantivo. Tema, asunto, cuestión.