Pasivo en Uruguay en Uruguay
[aioseo_breadcrumbs]
Significado de Pasivo en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Pasivo que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Pasivo es definido en los siguientes términos:
En su concepción económico y financiero, conjunto de deudas o gravámenes que soporta un patrimonio cualquiera, sea de propietario individual o de una empresa. En forma técnico-contable, el origen de los fondos incorporados aun patrimonio, al contrario del activo (véase este último término en esta referencia legal), que expresa la forma como esos fondos han sido invertidos (Bach). En otras acepciones de interés jurídico también, haber o pensión por los servicios prestados por un trabajador o por alguien de su familia, que corresponde por jubilación o retiro.
Significado Alternativo de Pasivo
En los balances, saldo deudor.
Pasivo (en Derecho Financiero Uruguayo)
Introducción al concepto de Pasivo en este ámbito jurídico-financiero: Conjunto de obligaciones contraídas con terceros por una persona, empresa o entidad; contablemente es la diferencia entre el activo y capital. (Para una visión de cuestiones y términos propios de la economía financiera sobre este tema, pero considerándolos desde una óptica jurídica, puede consultarse también el diccionario de términos financieros aquí).
Recursos
Véase También
- Finanzas
- Derecho Financiero