Poder

Poder en Uruguay en Uruguay

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Significado de Poder en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Poder que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Poder es definido en los siguientes términos:

Capacidad para hacer o abstenerse o para mandar algo.

Significado Alternativo de Poder

Potestad.

Significado Alternativo de Poder

Imperio.

Significado Alternativo de Poder

Mando.

Significado Alternativo de Poder

Jurisdicción.

Significado Alternativo de Poder

Posibilidad.

Significado Alternativo de Poder

Capacidad que una persona da a otra para que obre en su nombre y por su cuenta.

Significado Alternativo de Poder

Documento o instrumento en que consta esa autorización o representación.

Significado Alternativo de Poder

Posesión o tenencia actual, como al decir que tal cosa o asunto se encuentra en poder de quien se nombra.

Significado Alternativo de Poder

Autoridad.

Significado Alternativo de Poder

Gobierno.

Significado Alternativo de Poder

Superioridad. hegemonía (según la definición que proporciona el Diccionario de Derecho Usual). En voces siguientes, con la calificación del caso, se amplía sobre las especies de poder de mayor interés o se efectúan las remisiones pertinentes.

Significado de Poder en Derecho Procesal en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Poder en Derecho Procesal que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Poder en Derecho Procesal es definido en los siguientes términos:

Es el acto o instrumento en que consta la facultad que uno da a otro para que en lugar suyo pueda representarlo en un procedimiento judicial. Es una expresión equivalente a mandato (véase este último término en esta referencia legal). Dada la finalidad procesal de dicha representación, es lógico que, por lo menos de modo general, el poder haya de recaer en un profesional con título de abogado o de procurador. La representación o mandato con fines judiciales se ha de otorgar en escritura pública, aun cuando en ocasiones, y para la actuación ante determinados fueros (concretamente el laboral), se admite que el otorgamiento se haga upud acta, por carta o por otro documento privado con garantía de autenticidad.

Recursos

Véase También

  • Poder

Recursos

Véase También

  • Poder

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