Prelado en Uruguay en Uruguay
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Significado de Prelado en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Prelado que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Prelado es definido en los siguientes términos:
Clérigo secular o regular que tiene jurisdicción ordinaria en el fuero externo, por lo que se excluyen quienes sólo cuentan con jurisdicción delegada o con jurisdicción ordinaria únicamente para el fuero interno. Son prelados así el papa, los cardenales, los obispos, los vicarios, los prefectos apostólicos y los superiores de las órdenes religiosas.