Ración en Uruguay en Uruguay
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Significado de Ración en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Ración que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Ración es definido en los siguientes términos:
Porción determinada de alimentos asignada o que se distribuye en cuarteles, conventos, cárceles, colegios y otras comunidades.
Significado Alternativo de Ración
La que se implanta por cada habitante en supuestos de escasez.
Significado Alternativo de Ración
Cuota diaria en dinero o especie.
Significado Alternativo de Ración
Prebenda rentada del cabildo en catedrales y colegiatas.
Significado Alternativo de Ración
Medida en ciertas ventas callejeras o ambulantes. (Véase también, en esta enciclopedia jurídica uruguaya, la voz relativa a RACIONAMIENTO.)