Rebaño en Uruguay en Uruguay
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Significado de Rebaño en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Rebaño que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Rebaño es definido en los siguientes términos:
Manada, piara o hato de animales; en especial, los de ovejas o corderos.
Significado Alternativo de Rebaño
Para la Iglesia, figuradamente, el conjunto de los fieles, por calificar de pastores a los sacerdotes.
Significado Alternativo de Rebaño
Comunidad poco definida, de actuación gregaria.
Significado Alternativo de Rebaño
Pueblo sumiso auna dictadura.
Significado Alternativo de Rebaño
Trabajadores entregados ala arbitrariedad patronal; en especial, ante las huelgas dispuestas por los sindicatos. En lo civil, el uso o usufructo sobre un rebaño ofrece particularidades. En el primer caso, por concretarse en el aprovechamiento de las crías, la leche, la lana u otros productos propios de los animales que lo integren. En el usufructo, por cuanto el usufructuario está en la obligación de reponer con las crías las cabezas que perezcan de modo natural.