Madre Natural en Uruguay en Uruguay
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Significado de Madre natural en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Madre natural que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Madre natural es definido en los siguientes términos:
La mujer soltera o viuda que tiene hijo de soltero o viudo. De casarse luego con el padre, legitima a la prole, y legalmente es madre legítima a su vez.
Más Aspectos sobre este Término Jurídico
Tiene derecho a reconocer a su hijo, que llevará entonces su apellido, si el padre no la imita o es desconocido hasta para la progenitora. Ejerce entonces la patria potestad. Existen derechos sucesorios recíprocos entre madre e hijo natural (véase este último término en esta referencia legal), así como derecho y deber de alimentos, según los casos.
Recursos
Véase También
- Mujer
- Madre