Mancomunar

Mancomunar en Uruguay en Uruguay

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Significado de Mancomunar en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Mancomunar que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Mancomunar es definido en los siguientes términos:

Unir personas, fuerzas o caudales para un fin.

Significado Alternativo de Mancomunar

Obligar a dos o más personas de mancomún a la paga o ejecución de una cosa, entre todas y por partes.

Significado Alternativo de Mancomunar

Unirse, asociarse, obligarse de mancomún (descripción de Mancomunar desarrollada por el penúltimo Diccionario de la Academia de la Lengua Española).

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