Maternidad Natural en Uruguay en Uruguay
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Significado de Maternidad natural en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Maternidad natural que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Maternidad natural es definido en los siguientes términos:
Vínculo genésico entre mujer no casada, al concebir, y su hijo, engendrado por quien tampoco estaba casado entonces.
Significado Alternativo de Maternidad natural
Por suposición legal benévola, el de igual carácter entre mujer no casada y su hijo. cuando no consta la cualidad del padre, posiblemente casado, lo que tornaría ilegítima o adulterina la filiación y la maternidad.
Más Aspectos sobre este Término Jurídico
L. Alcalá-Zamora completa esos conceptos expresando que la maternidad natural asume la totalidad de los derechos de la patria potestad y las demás facultades jurídicas y obligaciones cuando no existe reconocimiento, o ejercicio de hecho, por el padre natural. (Véase también, en esta enciclopedia jurídica uruguaya, la voz relativa a INVESTIGACIÓN DE LA PATERNIDAD O DE LA MATERNIDAD.)
Recursos
Véase También
- Madre