Mejoras en Uruguay en Uruguay
[aioseo_breadcrumbs]
Significado de Mejoras en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Mejoras que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Mejoras es definido en los siguientes términos:
Así como en las obligaciones de dar, el que recibe la cosa con el fin de constituir sobre ella derechos reales, transferir el uso o la tenencia o restituirla a su dueño, responde al acreedor por los perjuicios que le ocasione por su negligencia o por la pérdida o deterioro que se produzcan por su culpa, así también tiene derecho a ser indemnizado por las mejoras necesarias o útiles que en la cosa hubiere realizado; pero no así por las mejoras voluntarias, entendiéndose por tales las de mero lujo o recreo o de exclusiva utilidad para el que las hizo. Se llaman mejoras necesarias aquellas sin las cuales la cosa no podría haberse conservado, y mejoras útiles, las que sean de manifiesto provecho para cualquier poseedor de la cosa.