Mejoras

Mejoras en Uruguay en Uruguay

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Significado de Mejoras en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Mejoras que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Mejoras es definido en los siguientes términos:

Así como en las obligaciones de dar, el que recibe la cosa con el fin de constituir sobre ella derechos reales, transferir el uso o la tenencia o restituirla a su dueño, responde al acreedor por los perjuicios que le ocasione por su negligencia o por la pérdida o deterioro que se produzcan por su culpa, así también tiene derecho a ser indemnizado por las mejoras necesarias o útiles que en la cosa hubiere realizado; pero no así por las mejoras voluntarias, entendiéndose por tales las de mero lujo o recreo o de exclusiva utilidad para el que las hizo. Se llaman mejoras necesarias aquellas sin las cuales la cosa no podría haberse conservado, y mejoras útiles, las que sean de manifiesto provecho para cualquier poseedor de la cosa.

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