Mora del Acreedor en Uruguay en Uruguay
Significado de Mora del acreedor en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Mora del acreedor que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Mora del acreedor es definido en los siguientes términos:
En latín, mora accipiendi (mora del recibir). Situación en que se coloca el acreedor que se niega a recibir el pago de su crédito, a partir del momento en que el deudor se lo ofrece o efectúa la consignación. (Véase también, en esta enciclopedia jurídica uruguaya, la voz relativa a MORA DEL DEUDOR.).
Recursos
Véase También
- Mora