Moral Pública

Moral Pública en Uruguay en Uruguay

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Significado de Moral pública en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Moral pública que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Moral pública es definido en los siguientes términos:

Locución que suele estamparse y no definirse en los cuernos legales. Al respecto opina L. Alcalá- Zamora que-queda entregada entonces, en su interpretación, a los jueces, según su arbitrio y sano criterio. Sin embargo, continúa, suele entenderse por ella la opinión dominante en materia de honestidad, en las relaciones sexuales; en la presentación y comportamiento, en distintas situaciones sociales; sobre el mantenimiento de las promesas y de las actitudes; en cuanto al rigor o consideración de las potestades familiares y otros aspectos de las relaciones humanas en esferas que no han sido objeto de preceptos en el ordenamiento jurídico. Es noción más o menos coincidente con la también elástica de las buenas costumbres (véase este último término en esta referencia legal).

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