No Intervención

No Intervención en Uruguay en Uruguay

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Significado de No intervención en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de No intervención que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, No intervención es definido en los siguientes términos:

Abstención por parte de un Estado de injerirse en los asuntos de otro u otros. Representa este concepto el aspecto negativo de la intervención (véase este último término en esta referencia legal), que es el positivo.

Más Aspectos sobre este Término Jurídico

La Carta de las Naciones Unidas acepta en principio esta actitud, por cuando establece que la Organización «no intervendrá en asuntos que esencialmente están dentro de la jurisdicción interna de cualquier Estado». Ahora bien, al servicio de un interés mejor, el de preservar la paz mundial, la O.N.U. puede intervenir en donde sea oportuno. Y así se concretó en la guerra de Corea y ante la anarquía desatada en el Congo al «emanciparse» de Bélgica; del mismo modo, para preservar ciertas treguas, como entre Egipto e Israel.

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