Nulidad Absoluta

Nulidad Absoluta en Uruguay en Uruguay

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Significado de Nulidad absoluta en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Nulidad absoluta que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Nulidad absoluta es definido en los siguientes términos:

La nulidad del acto que carece de todo valor jurídico, con excepción de las reparaciones y consecuencias que por ilícito o dañoso puede originar. La nulidad absoluta puede ser declarada por el juez y debe serlo, aun sin petición de parte, cuando aparezca manifiesta. Pueden alegarla cuantos tengan interés en hacerlo, menos el que haya ejecutado el acto sabiendo o debiendo saber el vicio que lo invalidaba. El ministerio público puede’ pedir asimismo su invalidación, sea en interés de la moral o de la ley. La nulidad absoluta, o nulidad estricta, no admite confirmación. Constituyen causas concretas de nulidad absoluta el matrimonio celebrado por un loco, el testamento ológrafo sin fecha ni firma, el contrato para reducir a la esclavitud, entre muchas otras. (Véase también, en esta enciclopedia jurídica uruguaya, la voz relativa a NULIDADRELATIVA.)

Recursos

Véase También

  • Nulidad

1 comentario en «Nulidad Absoluta»

  1. En el caso de que dos personas e casen, una mujer de 60 años y un hombre de 29, que nunca combibieron luego de celebrado el matrimonio y ambos posean y parejas fuera de este vinculo matrimonial. ¿Es valido ese matrimonio? ¿o no afecta?

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