Obligacionista

Obligacionista en Uruguay en Uruguay

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Significado de Obligacionista en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Obligacionista que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Obligacionista es definido en los siguientes términos:

Propietario de una o más obligaciones mercantiles (véase este último término en esta referencia legal), tenedor de los títulos correspondientes, con derecho a percibir el interés señalado o el que las utilidades de cada ejercicio determinen. Opuesto al accionista (véase este último término en esta referencia legal) en las sociedades de comercio, no es socio de ellas, sino prestador o acreedor privilegiado. Su condición termina por el reintegro del capital prestado, mediante la amortización que se efectúe.

Recursos

Véase También

  • Obligación

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