Ocular

Ocular en Uruguay en Uruguay

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Significado de Ocular en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Ocular que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Ocular es definido en los siguientes términos:

Forma parte de los ojos o lo que con ellos se relaciona. De ahí que SC llame testigo ocular (véase este último término en esta referencia legal) al que ha visto (y, por extensión, también oído) lo que refiere en una causa o juicio. Y, también, que se califique de inspección ocular (véase este último término en esta referencia legal) la que una autoridad, y en especial los jueces, de oficio o a requerimiento de parte interesada, efectúan para cerciorarse por sí acerca de una situación perceptible por los sentidos.

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