Orden Jurídico

Orden Jurídico en Uruguay en Uruguay

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Significado de Orden jurídico en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Orden jurídico que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Orden jurídico es definido en los siguientes términos:

Agrupación de normas positivas vigentes relacionadas entre sí y escalonadas o jerarquizadas, que rigen en cada momento la vida y las instituciones de todas clases dentro de una nación determinada. Esas normas, en opinión de muchos jusfilósofos, han de tomarse en un sentido amplio, ya que están formadas no solo por la Constitución y por las leyes, sino también por los reglamentos, por las disposiciones de las autoridades administrativas, por las sentencias judiciales, por las costumbres y hasta por los contratos en cuanto regulan las relaciones entre las partes contratantes. La importancia de cada una de esas normas es diferente y va de mayor a menor, por lo cual las inferiores toman su fundamento de las inmediatamente superiores. A esa jerarquización o escalonamiento es a lo que Merkl y Kelsen denominaron «pirámide jurídica». El orden jurídico es tan esencial para la existencia de un país que sin él no se concibe la vida social.

Recursos

Véase También

  • Orden

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