Orden Social en Uruguay en Uruguay
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Significado de Orden social en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Orden social que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Orden social es definido en los siguientes términos:
El conjunto formado por las instituciones con vigencia en cada sociedad humana, sobre todo en su expresión nacional.
Significado Alternativo de Orden social
La totalidad de las relaciones humanas de convivencia en lugar y tiempo determinados.
Significado Alternativo de Orden social
Funcionalmente, en el sentido que Gabriel Tarde le atribuía de universal necesidad de coordinación interna, el desenvolvimiento pacífico o normal de la sociedad, dentro del orden de valores predominantes en moral, Derecho, cultura, arte y otras manifestaciones del pensamiento y de la acción (según la definición que proporciona el Diccionario de Derecho Usual).
Recursos
Véase También
- Orden