Organismo

Organismo en Uruguay en Uruguay

[aioseo_breadcrumbs]

Significado de Organismo en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Organismo que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Organismo es definido en los siguientes términos:

En lo fisiológico, conjunto de órganos del hombre, cuyos defectos o faltas pueden modificar su capacidad jurídica.

Significado Alternativo de Organismo

Serie de leyes, reglamentos, costumbres, usos y prácticas que regulan la composición, actividad, función y relaciones de una institución o cuerpo social.

Significado Alternativo de Organismo

Entidad compuesta de diversas ramas, dependencias u oficinas al servicio de una finalidad (según la definición que proporciona el Diccionario de Derecho Usual).

Deja un comentario