órganos Societarios en Uruguay en Uruguay
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Significado de órganos societarios en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de órganos societarios que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, órganos societarios es definido en los siguientes términos:
Conjuntos de personas que, dentro de la estructura de las sociedades con personalidad jurídica, tienen a su cargo cumplir las funciones básicas que corresponden al funcionamiento de tales sociedades, y en particular, su gobierno, administración, representación y fiscalización.