Padre

Padre en Uruguay en Uruguay

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Significado de Padre en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Padre que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Padre es definido en los siguientes términos:

Varón que ha engendrado a otra persona y que con arreglo a ella se encuentra en el primer grado civil de parentesco de la línea recta masculina ascendente, como la madre (véase este último término en esta referencia legal) lo es en la línea femenina. De la relación paternofilial se derivan diversas obligaciones y derechos, principalmente los que se refieren a la patria potestad, ala prestación recíproca de alimentos, a las sucesiones legítimas, a los deberes de asistencia, al consentimiento matrimonial de los menores de edad, a la corrección, a la transmisión del apellido y al nombramiento de tutor, entre tantísimos más.

Más Aspectos sobre este Término Jurídico

En la esfera penal, la paternidad agrava el Ilícito penal al grado máximo de parricidio (véase este último término en esta referencia legal) en la privación de la vida filial y al de incesto (véase este último término en esta referencia legal) en desnaturalizadas relaciones sexuales con la hija.

Otras Consideraciones

Recursos

Véase También

  • Padre

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