Parlamento

Parlamento en Uruguay en Uruguay

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Significado de Parlamento en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Parlamento que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Parlamento es definido en los siguientes términos:

Con ese nombre se designa el organismo que representa al Poder Legislativo de un Estado, tanto si está integrado en una sola cámara (la de Diputados o Representantes) como si lo está por dos (la precitada y la de Senadores). Dentro de la organización del Estado, el Parlamento constituye la expresión más característica de la soberanía popular, y por eso, sin merma de su equilibrio respecto a los otros poderes estatales, ejerce una función fiscalizadora de ellos, además de la legislativa que le es propia. Los alcances de esa fiscalización son diferentes en las Constituciones de los diversos países democráticos, pero es corriente, en las repúblicas y en la monarquías de régimen parlamentario, que los titulares del Poder Ejecutivo tengan que contar para su actuación con la confianza del Parlamento. Y aun en las repúblicas de sistema presidencialista, en que el presidente no necesita de la confianza parlamentaria, puede ser destituido del cargo mediante el juicio político que le siga el Poder Legislativo. Incluso para la designación de ciertos funcionarios públicos, especialmente los que integran el Poder Judicial, se requiere la aprobación del Senado. Parlamento es lo mismo que congreso (véase este último término en esta referencia legal) o que asamblea legislativa.

Recursos

Véase También

  • Parlamento

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