Partición de Bienes Sociales

Partición de Bienes Sociales en Uruguay en Uruguay

[aioseo_breadcrumbs]

Significado de Partición de bienes sociales en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Partición de bienes sociales que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Partición de bienes sociales es definido en los siguientes términos:

Se trata del reparto del activo de una sociedad civil o una compañía mercantil cuando termine su actividad por causas estatutarias, legales, voluntarias o judiciales, en que se estará a las previsiones contractuales o a lo establecido en la resolución judicial o en la medida administrativa que ordene tal liquidación. Naturalmente, cuando el pasivo supere al activo, hay otra partición, pero no entre los socios, sino entre los acreedores, hasta donde el patrimonio alcance y con arreglo a las prelaciones crediticias en vigor.

Recursos

Véase También

  • Partición

Deja un comentario