Partición Provisional

Partición Provisional en Uruguay en Uruguay

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Significado de Partición provisional en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Partición provisional que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Partición provisional es definido en los siguientes términos:

Partición provisional en la cual los coherederos, aun permaneciendo en la indivisión por lo que a la propiedad hereditaria respecta, se asignan el derecho a percibir los frutos y las rentas de los bienes que cada uno se adjudica con el consentimiento de los demás, y que cesa al efectuarse la partición definitiva o al reunirse las distintas partes en una sola persona.

Significado Alternativo de Partición provisional

La pendiente del cumplimiento de una condición.

Significado Alternativo de Partición provisional

También, la de los bienes de un ausente una vez presumida la muerte, ante la contingencia, nunca excluida, de su aparición posterior con vida. Tal provisionalidad se consolida por efectos de la posesión de buena fe y de la usucapión subsiguiente (según la definición que proporciona el Diccionario de Derecho Usual).

Recursos

Véase También

  • Partición

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