Patrimonio Familiar

Patrimonio Familiar en Uruguay en Uruguay

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Significado de Patrimonio familiar en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Patrimonio familiar que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Patrimonio familiar es definido en los siguientes términos:

Exprésase en el Tratado de política laboral y social. de L. Alcalá-Zamora y G. Cabanellas, que para el clasicismo jurídico, que atribuía un solo patrimonio a cada persona, pero sólo a cada persona, resulta inconcebible un patrimonio familiar, por el argumento de que la familia, aun institución venerable a través de los tiempos, no ha tenido reconocimiento de persona para el Derecho. Pero como el Derecho no es únicamente ciencia lógica sino social además, se ha visto forzado a reconocer que la familia tiene su esfera propia. De ahí que algunos bienes, con afectación dominical a alguno de los individuos componentes del grupo, cuenten con incuestionable afectación familiar. El conjunto de los bienes que ha recibido tal afectación integra el denominado patrimonio familiar. Se demuestra así con ciertas normas de los regímenes matrimoniales, de las sucesiones y de las liberalidades, a cubierto de disposiciones impremeditadas a favor de los extraños.

Más Aspectos sobre este Término Jurídico

Se completa ese planteamiento y concepto con el agregado de que el patrimonio familiar lo componen derechos pecuniarios y no pecuniarios. Entre los segundos puede citarse el derecho al honor familiar y el de llevar el apellido. Entre los de índole pecuniaria se encuentran las legítimas sucesorias, la continuidad de la personalidad jurídica del difunto por su heredero y pariente: la transmisión íntegra del patrimonio, en las sucesiones ab intestato, las restricciones en cuanto a las donaciones, la revocabilidad de algunas por nacimiento ulterior de hijos y el sometimiento a tutela en los ordenamientos que condenan la prodigalidad del que tiene parientes inmediatos. Otra forma más concreta de patrimonio familiar es el llamado bien de familia (véase este último término en esta referencia legal).

Recursos

Véase También

  • Patrimonio

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