Perdón Judicial

Perdón Judicial en Uruguay en Uruguay

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Significado de Perdón judicial en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Perdón judicial que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Perdón judicial es definido en los siguientes términos:

Institución jurídica que, con referencia al Derecho Penal, contienen algunas legislaciones, y en virtud de la cual los tribunales del fuero criminal tienen la facultad de remitir (perdonar) la pena impuesta por ellos mismos al acusado, en virtud de las circunstancias que rodean el hecho delictivo o la persona del delincuente. La omisión de esa facultad judicial es especialmente sensible en aquellos países que no han establecido el procedimiento del juicio por jurados, porque la característica de éste se encuentra en la posibilidad de declarar la inculpabilidad del inculpado, por entender en conciencia que es eso lo que corresponde, pese a que el hecho en sí configure indudablemente un Ilícito penal. Los tribunales que se limitan a la aplicación del Derecho no pueden dejar de declarar la culpabilidad de quien ha cometido una acción formalmente delictiva a la que no sean aplicables circunstancias, también formales, de excusa de la responsabilidad, pero que repugnen para su condenación a la conciencia del juzgador. La posibilidad jurídica del perdón judicial salva para los jueces el precitado problema de la incompatibilidad entre el texto de la legislación y sus sentimientos humanitarios, porque permite establecer la declaración de culpabilidad con arreglo a la letra de la legislación y liberar de la pena al culpable. En cierto modo, la aplicación en suspenso de algunas penas constituye una forma del perdón judicial, pero con alcances sumamente limitados y en casos preestablecidos, referidos generalmente a ilícitos penales de escasa gravedad, y que se aplica a culpables no reincidentes. De todos modos, no cabe desconocer que se trata de una Institución jurídica fuertemente discutida y que no deja de contar con valiosos argumentos en su contra.

Recursos

Véase También

  • Institución
  • Perdon

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