Persona Incapaz

Persona Incapaz en Uruguay en Uruguay

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Significado de Persona incapaz en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Persona incapaz que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Persona incapaz es definido en los siguientes términos:

Persona incapaz que por sí misma no puede ejercer sus derechos ni cumplir sus obligaciones o que tiene ciertas restricciones al respecto. La legislación civil de algunas jurisdicciones latinoamericanas establece dos categorías: las personas absolutamente incapaces, que incluyen: 1″) las personas por nacer, 2″) los menores impúberes, 3″) los dementes, 4″) los sordomudos que no sepan darse a entender por escrito; y las personas relativamente incapaces, que, superada la restricción jurídica tradicional referente a las casadas, se reduce ahora a los menores adultos, con capacidad solamente para los actos que las leyes les autoricen realizar (arts. 54 y 55). (Véase también, en esta enciclopedia jurídica uruguaya, la voz relativa a PERSONA CAP A Z )

Recursos

Véase También

  • Persona

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