Piromanía

Piromanía en Uruguay en Uruguay

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Significado de Piromanía en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Piromanía que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Piromanía es definido en los siguientes términos:

Manía incendiaria o del fuego. Criminológicamente representa la obsesión y el impulso irresistible de un individuo a producir incendios en bosques, sembrados, edificios, pero no con fines vengativos, de dañar o de robar, sino por el simple placer de contemplar las llamas. Constituye una degeneración que, al parecer, se encuentra a veces asociada con la imbecilidad. A esta manía se le ha dado por los criminólogos una interpretación atávica, derivada de la pirolatría o adoración y culto del fuego en los primeros tiempos de la civilización, del cual quedan vestigios inclusive en los festejos populares.

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