Plataforma Submarina

Plataforma Submarina en Uruguay en Uruguay

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Significado de Plataforma submarina en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Plataforma submarina que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Plataforma submarina es definido en los siguientes términos:

Se denomina Plataforma submarina la prolongación natural que ofrece el territorio de un Estado marítimo, a partir de la línea de sus costas y en descenso gradual bajo las aguas hasta los 200 metros de profundidad, desde donde se produce la caída vertical a las profundidades oceánicas. Este perfil inclinado, de longitud variable, corresponde ala superficie denominada plataforma submarina y también continental o territorial, y aun meseta, planicie, terraza o zócalo continental (Usinger). Se sostiene por la doctrina que la plataformu continental pertenece al dominio del Estado en que se forma.

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