Plenos Poderes

Plenos Poderes en Uruguay en Uruguay

[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]

Significado de Plenos poderes en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Plenos poderes que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Plenos poderes es definido en los siguientes términos:

Ejercicio por el Poder Ejecutivo de facultades legislativas más o menos amplias y legítimas. Son legítimas cuando existe delegación parlamentaria, que suele ser parcial en las materias y con límite temporal, y es de hecho cuando un gobierno se arroga todos los poderes estatales, por un golpe de fuerza.

Significado Alternativo de Plenos poderes

Véase plenipotencia en el Diccionario Jurídico.

Deja un comentario