Precio Cierto

Precio Cierto en Uruguay en Uruguay

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Significado de Precio cierto en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Precio cierto que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Precio cierto es definido en los siguientes términos:

El precio que consiste en una suma de dinero o se refiere a otra cosa cierta. Según el art. 1.349 del Cód. Civ. arg.: «El precio será cierto: cuando las partes lo determinaren en una suma que el comprador debe pagar, cuando se deje su designación al arbitrio de una persona determinada o cuando lo sea por referencia a otra cosa cierta». También se tendrá porprecio cierto, no siendo inmueble la cosa vendida, cuando las partes se refieran alo que la cosa valga en el día al corriente de la plaza, o un tanto más o menos que éste. Entonces el precio se certifica por corredores o por testigos (art. 1.353).

Recursos

Véase También

  • Precio

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