Prisión Preventiva

Prisión Preventiva en Uruguay en Uruguay

[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]

Significado de Prisión preventiva en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Prisión preventiva que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Prisión preventiva es definido en los siguientes términos:

Medida de seguridad adoptada por la autoridad judicial que entiende en el asunto, a efectos de evitar que el imputado se sustraiga a la acción de la justicia. Como esta precaución es contraria en cierto modo al principio de que toda persona es inocente mientras no se pruebe lo contrario, su adopción requiere determinadas condiciones de apreciación conjunta, sin las cuales la medida resultaría ilegal. Son ellas que la existencia del Ilícito penal esté justificada cuando menos por semiplena prueba; que al detenido se le haya tomado declaración indagatoria o se haya negado a prestarla, habiéndoselo además impuesto de la causa de su prisión; que haya indicios suficientes para creer al imputado responsable del hecho. El juez podrá decretar la libertad provisional (Véase también, en esta enciclopedia jurídica uruguaya, la voz relativa a del encausado en los casos y en la forma que la legislación determine.

Recursos

Véase También

  • Prisión

Deja un comentario