Ratificación del Procesado

Ratificación del Procesado en Uruguay en Uruguay

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Significado de Ratificación del procesado en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Ratificación del procesado que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Ratificación del procesado es definido en los siguientes términos:

Nueva declaración del sujeto a proceso, tras la indagatoria (véase este último término en esta referencia legal), para confirmación de ésta y ampliación de ciertos puntos. Ya en el plenario, cuando la pena pedida por el acusador sea de carácter correccional, al evacuar la representación del procesado (véase este último término en esta referencia legal) el traslado de calificación, podrá manifestar su conformidad absoluta con aquella que más gravemente lo hubiere calificado, si hubiere más de una y con la pena que se le pida, y expresándose si ello no obstante conceptúa necesaria la prosecución del juicio. Si no la estima precisa, el tribunal, previa ratificación del procesado, dictará sin más trámite la sentencia que proceda, según la calificación mutuamente aceptada, y sin que quepa imponer pena mayor, salvo diferir de la calificación formulada, en que acordará el tribunal la continuación del juicio.

Recursos

Véase También

  • Ratificación

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