Rehabilitación del Penado en Uruguay en Uruguay
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Significado de Rehabilitación del penado en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Rehabilitación del penado que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Rehabilitación del penado es definido en los siguientes términos:
En Derecho Penal, cuando el autor de un Ilícito penal ha sido condenado a pena que lleve aparejada la inhabilitación, absoluta o especial, puede ser rehabilitado; es decir, restituido al uso y goce de los derechos y capacidades de que fue privado, si cumplida una parte de la condena se ha comportado correctamente. Con carácter más amplio, es la reintegración de la confianza y estima públicas, tras cualquier pena cumplida y cierto plazo adicional, que permita cerciorarse del retorno del condenado a la convivencia social adecuada. No se les concede a los reincidentes, ya que prueban que no la merecían.
Recursos
Véase También
- Derecho Penal
- Rehabilitación