Representación Voluntaria

Representación Voluntaria en Uruguay en Uruguay

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Significado de Representación voluntaria en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Representación voluntaria que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Representación voluntaria es definido en los siguientes términos:

La espontánea en la adopción traslativa de parte de su capacidad por una persona, y libre también en cuanto al designado o representante, para aceptar o rechazar esa delegación de facultades. Se concreta por medio del mandato o poder (véase este último término en esta referencia legal) a favor de tercero. Por su esencia se contrapone, de un lado, a la representación legal, imperativa, y de otro, a la judicial (véase este último término en esta referencia legal), por el designado, al margen de las manifestaciones tal vez del representado.

Recursos

Véase También

  • Representación

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