Reversión de las Donaciones

Reversión de las Donaciones en Uruguay en Uruguay

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Significado de Reversión de las donaciones en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Reversión de las donaciones que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Reversión de las donaciones es definido en los siguientes términos:

La restitución o retorno de lo donado al donante se admite por el codificador civil, como en la de algunos sitemas jurídicos (incluido alguno/s del Cono Sur), de haberse reservado tal facultad el que hizo la donación, para el supuesto de muerte previa del donatario y sus herederos. Cabe condicionarla, pero sólo a favor del donante, y éste puede en cualquier momento renunciara la reversión. Su finalidad, fácil es adivinarlo, consiste en que lo donado, que tuvo algún motivo personal, no acabe en quien nada tenía de nexo con el donante.

Recursos

Véase También

  • Reversión

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