Revolución

Revolución en Uruguay en Uruguay

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Significado de Revolución en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Revolución que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Revolución es definido en los siguientes términos:

La Academia de la lengua define esta palabra, en su segunda acepción, como cambio violento en las instituciones políticas de una nación. A su vez, Capitant, con evidente exactitud, dice que es el movimiento popular de cierta amplitud que tiene por objeto derribar por la fuerza a los gobernantes de un Estado y cambiar la organización política de éste sin observar las formas legales preestablecidas.

Más Aspectos sobre este Término Jurídico

Es decir que lo que caracteriza la revolución no es el derrocamiento de los gobernantes, porque ella podría no pasar de un golpe de Estado (véase este último término en esta referencia legal), sino el cambio de la estructura fundamental de la organización política de la nación, como sería convertir una monarquía en república o viceversa, una autocracia en una democracia, un régimen federal en uno unitario, etc. Lo esencial de la revolución es su carácter popular y por eso, cuando triunfa, abre una nueva legalidad, contrariamente a lo que sucede con el golpe de Estado, que casi siempre, por no decir siempre, tiene carácter militar y por eso, por no significar una revolución popular, es, aun triunfante, irremisiblemente ilegal. Así lo demuestra la historia. (Véase también, en esta enciclopedia jurídica uruguaya, la voz relativa a REBELIÓN.)

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