Seguro Mutuo

Seguro Mutuo en Uruguay en Uruguay

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Significado de Seguro mutuo en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Seguro mutuo que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Seguro mutuo es definido en los siguientes términos:

Contrato o acuerdo entre una pluralidad de personas (dos como mínimo, y con frecuencia muchas más) en que los daños o pérdidas producidos en los bienes o los infortunios personales de cada uno de los interesados se distribuyen por partes iguales o proporcionales entre los diversos integrantes de la mutualidad (véase este último término en esta referencia legal), que se convierten así en aseguradores y asegurados, y donde la prima y el capital se confunden en el concepto unitario de la variable contribución que en cada caso corresponda para resarcir a perjudicados o víctimas (según la definición que proporciona el Diccionario de Derecho Usual). Existen modalidades de tendencia más mercantil, no obstante la denominación mutua del seguro.

Recursos

Véase También

  • Seguro
  • Contrato

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