Seguro sobre Buenas o sobre Malas Noticias en Uruguay en Uruguay
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Significado de Seguro sobre buenas o sobre malas noticias en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Seguro sobre buenas o sobre malas noticias que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Seguro sobre buenas o sobre malas noticias es definido en los siguientes términos:
Modalidad aseguradora propia del comercio marítimo, sobre todo mientras las comunicaciones inalámbricas y la aeronavegación oceánica no adquirieron el desarrollo logrado con el andar del siglo xx, que permite cerciorarse sin tardanza acerca de la suerte corrida por los barcos en sus travesías más prolongadas. Se autoriza esta contratación con la reserva de nulidad cuando se prueba, por el asegurador, que el asegurado sabía que el daño o pérdida se había realizado al subscribir la póliza, y por parte del asegurador, ante prueba del asegurado, que le constaba que las cosas o personas aseguradas se encontraban absolutamente a salvo del riesgo que se trataba de prevenir tan innecesariamente.
Recursos
Véase También
- Seguro