Sistema Representativo

Sistema Representativo en Uruguay en Uruguay

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Significado de Sistema representativo en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Sistema representativo que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Sistema representativo es definido en los siguientes términos:

Se denomina Sistema representativo el régimen de gobierno en que el pueblo no gobierna directamente, sino que lo hace por medio de los representantes por él elegidos. Ya se comprende que es propio de las democracias y contrario alas autocracias. Montesquieu afirmaba que el pueblo es admirable para elegir a aquellos a quienes debe conferir parte de su autoridad, pero no para conducir los asuntos. Y Burdeau sostiene que la representación llena los fines de consagrar la legitimidad de los gobernantes, de expresar la voluntad del pueblo, de suministrar una imagen de la opinión y de determinar una mayoría gubernamental. (Véase también, en esta enciclopedia jurídica uruguaya, la voz relativa a DEMOCRACIA, «LANDSGEMEINDE».)

Recursos

Véase También

  • Sistema

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